jueves, 4 de enero de 2018

La legislación bonaerense del 2017

Por Lucas Zudaire
Del equipo de Palabras del Derecho



La Legislatura Bonaerense tuvo importante actividad durante el año pasado y estuvo en el centro de la escena pública por los debates que se dieron en su seno. Si bien no causó el mismo impacto que generaron en la vida administrativa de la provincia los cambios legislativos del año 2016, como lo hicieron la implementación de las leyes de emergencia (seguridad, administrativa y tecnológica, infraestructura y servicios públicos) conjuntamente con el plan de modernización del Estado y el régimen de empleo municipal -entre otras de gran importancia-, durante el año 2017 se dieron discusiones sobre cuestiones centrales que hacen a la vida administrativa y social de los bonaerenses, así la reestructuración del poder ejecutivo mediante la nueva ley de ministerios, como normativa que atiende a diversos campos de la salud pública, violencia de género, entre otros. Sin intenciones de abarcar la totalidad de los temas, haremos un repaso de las que consideramos relevantes, y también algunas de color. 

Ley de Ministerios
El día 28 de diciembre se publicó la ley 14.989 conocida como “Ley de Ministerios” de la Provincia de Buenos Aires, que delimita la nueva estructura de los ministerios del Poder Ejecutivo bonaerense. De esta forma, el organigrama queda compuesto por 14 ministerios: Jefatura de Gabinete de Ministros; Economía; Gobierno; Infraestructura y Servicios Públicos; Salud; Seguridad; Justicia; Agroindustria; Desarrollo Social; Producción; Ciencia, Trabajo; Tecnología e Innovación; Gestión Cultural y de Asuntos Públicos. Las cuatro secretarías del Poder Ejecutivo que tienen rango ministerial son Secretaría General; Legal y Técnica; de Derechos Humanos y Medios.

A través de la reforma se eliminaron 14 subsecretarías, 82 direcciones provinciales y 125 direcciones. También se creó el Organismo Provincial de Integración Social (OLISU), que entre otras funciones, hará el diagnóstico y evaluación sobre el estado de las villas, asentamientos y núcleos habitacionales transitorios, entre otros cambios que contempla el articulado.

Salud Pública
En el mes de enero del 2017 se publicaron varias leyes en materia de Salud en la Provincia de Buenos Aires, a saber:
- La ley 14.859 que adhiere a la Ley Nacional que promueve el cuidado integral de las personas con Enfermedades Poco Frecuentes (EPOF);
- La ley 14.865 que reglamentó el ejercicio de la profesión de Instrumentador Quirúrgico;
- La ley 14.882 de creación la figura de "Promotor Comunitario en Salud" que tiene por finalidad la designación de una persona que promueva la participación y organización popular y fomente acciones en relación con los determinantes sociales de la salud.

Con posterioridad, en el mes de julio, se creó la red de seguimiento para recién nacidos prematuros en la provincia de alto riesgo de Buenos Aires mediante la ley 14.931, con el objetivo combatir la principal causa de mortalidad infantil. Conforme dicta la norma se entiende por prematuro a aquel recién nacido cuya edad gestacional sea menor de 37 semanas y posea un riesgo elevado de secuelas a lo largo de su desarrollo evolutivo y/o una situación familiar de alta vulnerabilidad social.

La cobertura de los bebés nacidos antes de término contempla el sostén alimentario para quienes necesiten complementar la lactancia materna o sustituirla, en caso de carencia, así como los medicamentos y vacunas incluidas en el calendario oficial y aquellas especiales necesarias en niños de alto riesgo.

La Provincia de Buenos Aires estableció, por ley 14.957, el 26 de septiembre de cada año como el “Día Provincial del Bastón Verde”. Se trata del instrumento de movilidad y orientación para personas de Baja Visión. Además se implementará una campaña de difusión en el mes de septiembre de cada año con el objetivo de concientizar sobre el uso del Bastón Verde, sus beneficios y significado para comprensión de toda la ciudadanía.

Asimismo, mediante el dictado de la ley 14.964 la Provincia de Buenos Aires adhirió a la Ley Nacional 26.858 de acceso, deambulación y permanencia de perros guía, que tiene por objeto asegurar el derecho al acceso, deambulación y permanencia a lugares públicos y privados de acceso público y a los servicios de transporte público, en sus diversas modalidades, de toda persona con discapacidad, acompañada de un perro guía o de asistencia.

En el mes de octubre se dictó la ley 14.968, modificatoria de la ley 10.592, que cambio su denominación a la de "Régimen Jurídico Básico e Integral para las Personas con Discapacidad", y creó el Consejo Provincial para las personas con discapacidad.

Por otro lado, con la modificación introducida por la ley 14.969 al artículo 3 de la ley 11.748,  se agravó la sanción ante venta, expendio o suministro de cualquier título a menores de 18 años de edad de bebidas alcohólicas, en cualquier hora del día, aún cuando lo vendido, expendido o suministrado estuviere destinado a ser consumido o ingerido fuera del local. La nueva sanción contempla que serán sancionados con arresto de 30 a 90 días y con multas equivalentes a 5 salarios mínimo vital y móvil hasta 50 salarios mínimo vital y móvil, y clausura de locales y establecimientos de 30 días a 180 días.

Finalmente, en los últimos días del año, se dicto la ley 14.988 de adhesión a la ley nacional 27.351, que establece un régimen diferenciado por el que se garantiza en el domicilio de los electrodependientes por cuestiones de salud el servicio eléctrico en forma permanente además de gozar de un tratamiento tarifario especial gratuito en el servicio público de provisión de energía eléctrica.

Violencia de Género
La Provincia de Buenos Aires adhirió a la ley que establece Día Nacional de la Lucha contra la Violencia de Género en los Medios de Comunicación. Lo hizo mediante el dictado de la ley 14.862 que adhirió a la Ley Nacional 27.176 que así declara a los 11 de marzo de cada año. La fecha elegida corresponde a la sanción de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. El objetivo de la flamante norma es “promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre mujeres y hombres y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual en los medios de comunicación”.

Asimismo, la ley 14.893 publicada en el mes de febrero, estableció la licencia para Mujeres Víctimas de Violencia en la Provincia de Buenos Aires, destinada a todas las trabajadoras de la Administración Pública o sociedades de economía mixta con participación estatal mayoritaria, de la Provincia de Buenos Aires.

La norma indica que se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal.

Finalmente, mediante el dictado de la ley 14.898, que reformó el Código de Faltas, se dispuso la pena de arresto a los padres que agredan a docentes. La mentada norma establece que padres, familiares o personas cercanas a los estudiantes que ataquen de forma verbal o física a los maestros y personal no docentes, serán castigados con arresto o multas que van desde los 6 mil a 15 mil pesos, dependiendo de la gravedad de los hechos.

Bosques Nativos
En el mes de enero se publicó la ley 14.888, sancionada en el mes de diciembre del año 2016, que establece un Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos, los cuales actualmente ocupan sólo un 3% del territorio, con el objetivo de conservar el suelo y la calidad del agua, reducir inundaciones y reducir los gases que produce el Cambio Climático, entre otros. Prevé una zonificación que generó discusiones y el mayor conflicto se da en la zona ribereña de Quilmes donde está previsto un emprendimiento inmobiliario.

Boletín Oficial
El Boletín Oficial bonaerense solo se publica en edición digital. Si bien la norma que así lo dispone, ley 14.828, fue dictada y promulgada en el año 2016, desde el pasado 15 de junio, el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires solo se edita en formato electrónico en el marco de un programa de "despapelización" de la Administración Pública bonaerense. Cabe aclarar, en ese orden, que la versión digital publicada en la página web reviste carácter oficial y auténtico.

Honorarios profesionales
Se dictó una nueva Ley de Honorarios para Abogados en la Provincia de Buenos Aires. La flamante norma establece, entre otros puntos clave, la naturaleza alimentaria de los honorarios profesionales, el carácter de orden público de los mínimos arancelarios, fija que los honorarios serán regulados en la moneda IUS a fin de evitar las distorsiones provocadas por la inflación, el IUS arancelario se calculará sobre la totalidad de los conceptos que integran la real remuneración percibida por un juez de Primera Instancia con quince años de antigüedad, por solo citar algunos de sus pasajes.

Al respecto cabe aclarar que mediante el dictado del decreto promulgatorio, la Gobernadora Vidal vetó los dos últimos párrafos del artículo 18 en cuanto a los honorarios de los abogados del Estado y el artículo 61 en su totalidad que establecía que la ley se aplicaba a procesos ya iniciados.

Publicidades
Las publicidades que sean retocadas digitalmente en la Provincia de Buenos Aires así deberán expresarlo, conforme lo dispone la ley 14.953. Allí se establece que toda publicidad estática difundida en vía pública y/o medios gráficos de cualquier tipo en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, en la que aparezca una figura humana que haya sido retocada digitalmente debe exhibir con tipografía visible y clara la leyenda: “esta imagen ha sido retocada y/o modificada digitalmente, Ley 14.953".

Ejecuciones Hipotecarias
Se prorrogó nuevamente la suspensión de ejecuciones hipotecarias en la Provincia de Buenos Aires. Así lo dispuso la ley 14.963 que prorroga por el término de trescientos sesenta días hábiles, la vigencia de la ley 14.825, a partir de la fecha de su vencimiento. Cabe recordar que la ley 14.360, modificando la ley 13.302, dispuso suspender en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, por el término de trescientos sesenta días, a partir de su sanción, las ejecuciones hipotecarias sobre mutuos que contengan por objeto la vivienda única familiar del deudor, y/o unidad productiva, y ha sido prorrogado hasta el día de hoy.

Reconocimientos
La ley 14.956 designó a la Ruta Provincial N°6 con el nombre “Gobernador Antonio Francisco Cafiero”. Antonio Francisco Cafiero fue un político argentino, dirigente del Partido Justicialista. Se licenció de Contador Público en 1944 y en 1948 de Doctor en Ciencias Económicas, con sendos títulos de la Universidad de Buenos Aires. Se desempeñó varias veces como Ministro de la Nación y funcionario en diversos cargos públicos. Fue electo Diputado y Senador Nacional y Gobernador de la Provincia de Buenos Aires (1987-1991).

La ley 14.885 nombró a Luis Scola como Personalidad Destacada de la Provincia de Buenos Aires, por los logros deportivos nacionales e internacionales a lo largo de su trayectoria en el básquetbol. El deportista nacido en el barrio de Flores de la ciudad de Buenos Aires, que debutó jugando para Ferrocarril Oeste en el año 1996, se ha destacado en la Liga Nacional de Básquet Argentina, en la Liga ACB de España, en la NBA y en la Selección Nacional de Básquet de la cual es Capitán, y con la que ganó la Medalla de Oro en los Juegos Olímpicos de Atenas 2004 y de Bronce en los Juegos Olímpicos de Pekín 2008.


En la misma línea, se nombró al artista Fuad Jorge Jury, conocido como Leonardo Favio; al cantautor Víctor Heredia; al compositor, músico y productor musical Gustavo Santaolalla; y, al basquetbolista Leonardo Martín Gutiérrez como Personalidad Destacada de la Provincia de Buenos Aires (ley 14.923, ley 14.945, ley 14.937 y ley 14.978, respectivamente); y, se declaró Ciudadano Ilustre de la Provincia de Buenos Aires post mortem, a los señores Dr. Hugo Omar Cañón, Exfiscal Federal y Expresidente de la Comisión Provincial por la Memoria, en reconocimiento a su destacada y sostenida trayectoria en defensa de los derechos humanos (ley 14.954); Rodolfo Giménez, más conocido por su nombre artístico de Argentino Luna, fallecido el 19 de marzo de 2011 (ley 14.965); y Eusebio Marcilla, conocido como “El Caballero del Camino”, por ser un deportista íntegro y por transmitir el culto de la hermandad y la amistad (ley 14.977).

1 comentario:

  1. hola, quisiera consultar en relacion a la ley 14.865 que reglamenta la actividad de los instrumentadores quirurgicos:
    1: si hay algun decreto que la reglamenta o es de aplicacion directa
    2:Si hay alguna escala salarial para dicha actividad regulada
    Muchas gracias

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